Seguro Incapacidad Total a empleados | Tradicional
Seguro de Protección Accidental Empleados Hipotecario
Apoyo en el momento que más lo necesitas
¿Qué cubre?
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Desempleo Involuntario
• Si eres empleado a través de un contrato de trabajo a término indefinido/fijo por más de 6 meses y eres despedido sin justa causa; o el contrato finaliza antes del término inicialmente establecido y no exista justa causa en la terminación.
• Si te encuentras vinculado bajo la modalidad de contrato por obra labor o prestación de servicios por más de 12 meses consecutivos y tu contrato es terminado por el empleador o por el contratante.
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Enfermedades graves
Si te es diagnosticada por primera vez dentro de la vigencia del seguro, alguna de las siguientes enfermedades graves:Recibirás el pago de tu indemnización, si te es diagnosticada por primera vez dentro de la vigencia del seguro, alguna de las siguientes enfermedades graves:
• Cáncer
• Infarto agudo del miocardio.
• Cirugía de angioplastia coronaria o revascularización cardiaca.
• Accidente cerebro vascular, isquémico y/o hemorrágico.
• Insuficiencia renal crónica.
• Esclerosis múltiple.
• Trasplante de órganos mayores.
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Muerte accidental
Si durante la vigencia de la póliza mueres a consecuencia de un accidente, se reconocerá, a favor de tus beneficiarios designados o los de ley, el pago del valor asegurado
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Incapacidad total permanente accidental
Recibirás el pago del valor asegurado si tienes una incapacidad permanente a consecuencia de un accidente.
¿Cómo acceder?
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Acércate a una de nuestras Oficinas en tu ciudad.
Características
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El pago de la prima es mensual
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La póliza contratada es con la Compañía de Seguros Alfa S.A.
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Permanencia durante la vigencia del crédito
Recomendaciones de uso
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En caso de siniestro puedes acercarte a una Oficina del Banco y realizar la reclamación, o comunicarte con la línea WhatsApp 3125104849 en donde podrás gestionar directamente con la aseguradora todo lo relacionado con tu siniestro.
Qué necesitas y a qué tienes derecho
Conoce los Requisitos, Derechos y Obligaciones de Seguro Protección Accidental Empleado Hipotecario
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- Bogotá: (601) 7455550
- Cali: (602) 4850840
- Medellín: (604) 6040576
- Barranquilla: (605) 3851862
- Bucaramanga:(607) 6971246
- Nivel nacional: 018000968181
Coberturas y planes: Protección Accidental Empleado Hipotecario
Segmento Masivo | Segmento Preferente | |||
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Coberturas | Plan 1 | Plan 2 | Plan 3 | Plan 4 |
Desempleo |
6 cuotas del crédito $700.000 c/u |
6 cuotas del crédito $1.800.000 c/u |
6 cuotas del crédito $1.500.000 c/u |
6 cuotas del crédito $3.000.000 c/u |
Enfermedades Graves |
6 cuotas al asegurado por el primer diagnostico $700.000 c/u |
6 cuotas al asegurado por el primer diagnostico $1.800.000 c/u |
6 cuotas al asegurado por el primer diagnostico $1.500.000 c/u |
6 cuotas al asegurado por el primer diagnostico $3.000.000 c/u |
Muerte Accidental | $50.000.000 | $50.000.000 | $50.000.000 | $50.000.000 |
Incapacidad Total Permanente Accidental | $50.000.000 | $50.000.000 | $50.000.000 | $50.000.000 |
Prima Mensual | $69.000 | $153.000 | $130.000 | $245.000 |
Tarifas y tasas vigentes
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Conoce las tarifas que regirán a partir del 05 de Febrero de 2025
Dando cumplimiento al Decreto 4809/11 se informa que el Banco AV Villas modificará a partir del 05 Febrero de 2025, las tarifas de algunos de sus productos y servicios. En el evento en que el cliente no esté de acuerdo con la modificación propuesta podrá comunicarlo a través de cualquiera de nuestros canales dentro del término de 45 días siguientes a esta notificación, esto es desde el 11 de Diciembre de 2025 hasta el 05 de Febrero de 2025, y terminar su contrato sin que haya penalidad alguna. Sin embargo, esta decisión no exime al cliente del pago de los saldos por pagar a favor del Banco. Si dentro del plazo anterior no se manifiesta inconformidad, se entenderá su aceptación de las nuevas tarifas. -